Asamblea Informativa de la LNCCR

A los integrantes de los Comités Ciudadanos

A los Delegados de la CND

A las mujeres y hombres libres

Por este medio, se les invita a que este lunes 23 de julio a las 5 PM asistan a la Glorieta del Metro Insurgentes a la asamblea informativa de la LNCCR.

México, Distrito Federal a 22 de julio de 2007.

¡El que no vaya es panista o de Nueva Izquierda!©

Atentamente

Liga Nacional de Comités Ciudadanos en Resistencia

Boicot a Grupo Radio Centro


Del blog de la Liga Nacional de Comités Ciudadanos en Resistencia

BOLETIN DE PRENSA.Caso Edmundo Reyes Amaya detenido-desaparecido


Edmundo Reyes Amaya

Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 20 de Julio del 2007

El día martes 17 julio de este año acudimos a las instalaciones de la Delegación Procuraduría General de la República en Oaxaca, Nadin Reyes Maldonado y la abogada Teresa Gómez López miembro del área Jurídica de la Liga Mexicana Por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh) filial Oaxaca, con la finalidad de denunciar la desaparición forzada de mi señor padre el SR. EDMUNDO REYES AMAYA O ANDRÉS REYES AMAYA, de quien no sabemos su paradero desde el día 24 de mayo del presente año.

Llegamos a las instalaciones a las 13 horas con 10 minutos como se podrá advertir en el registro de personas que ingresan en estas instalaciones, y fuimos atendidas por la recepcionista y la encargada de la Unidad de Prevención al Delito y Servicios a la comunidad de la Delegación Estatal de la PGR, a quien le manifestamos el motivo de nuestra comparecencia en dicho lugar, comentándole que mi padre EDMUNDO REYES AMAYA O ANDRÉS REYES AMAYA había desaparecido desde el 24 de mayo del presente año en la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, y que hasta el momento no sabemos nada de su paradero, tomó todos los datos que necesitaba y nos dijo que no me podían tomar la denuncia por que a ellos no les competía el caso, que en la PGR no recibían denuncias por desaparición de personas y que lo único que podían hacer era difundir la desaparición del SR. EDMUNDO REYES AMAYA O ANDRÉS REYES AMAYA a través de un Programa Nacional que manejan sobre desaparición de personas; sin embargo, solicitamos nos atendiera un agente del Ministerio Publico Federal quien es la persona indicada para efectuar la diligencia correspondiente de denuncia que pretendemos hacer, y fue que nos volvió a repetir que esa delegación es incompetente para conocer de los hechos que queremos denunciar y que no nos podían pasar con ningún agente del Ministerio Publico Federal hasta que lo autorizara el Delegado de la PGR, fue entonces que la dicha persona subió al segundo piso de dichas Instalaciones para consultarle al mismo Delegado sobre nuestra denuncia, la estuvimos esperando alrededor de 10 minutos, preguntándonos por teléfono nuestros respectivos nombres, y al poco tiempo bajó la misma persona con otra del sexo masculino, dándonos como respuesta que el señor Delegado ordenó que ningún Agente del Ministerio Público Federal iba a tomar la declaración de mi comparecencia, en virtud de que esa autoridad es incompetente para conocer del hecho, además el personal de dicha institución de procuración de Justicia estaban ocupados, que el Agente del Ministerio Público en Turno no tenía tiempo y que solo atendía a personas detenidas, y que lo lamentaban mucho con toda la pena del mundo pero no nos iban a recibir nuestra comparecencia por órdenes del Señor Delegado de la Procuraduría General de la República en el Estado de Oaxaca; ante la negativa de estas personas, la abogada Teresa Gómez López argumentó que esa Delegación de la Procuraduría General de la República sí les compete conocer de los hechos a denunciar toda vez que los hechos se habían suscitado aquí en el Estado de Oaxaca, y por tanto les corresponde hacer las diligencias de investigación, porque el delito de DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS está tipificado en el artículo 215-A del Código Penal Federal, y que estaban incurriendo en una responsabilidad grave por inobservancia del artículo 21 Constitucional, violando la garantía de seguridad jurídica contemplada en el artículo 17 de nuestra Constitución Federal, y que si ellos se consideraban incompetentes que lo determinaran en su momento oportuno después de haber iniciado la Averiguación Previa para esclarecer los hechos, sin embargo no obtuvimos respuesta favorable, su respuesta fue tajante y definitiva, ante esta situación nos retiramos de dicho lugar.

Ante esta situación pondré una queja ante la CNDH y lo denunciaré ante las instancias internacionales correspondientes, ya que con esta actuación la delegación de la PGR en Oaxaca pone en evidencia su falta de interés de dar con el paradero de mi padre.

ATENTAMENTE

Por el Comité de Desaparecidos

Hasta encontrarlos”

Nadin Reyes Maldonado

Hija de Edmundo o Andrés Reyes Amaya.

DESAPARECIDO EL 25 DE MAYO DEL 2007

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