Defensa del Petróleo - Argumentos

Con la participación de destacados expertos en materia constitucional y del petróleo -Dr. Raúl Jiménez Vázquez, Dr. Raúl Carrancá y Rivas, Dr. Jaime Cárdenas Gracia, Lic. Rodrigo Olvera Briseño y el Ing. Rafael Decelis Contreras- el pasado 10 de julio, en el Salón Legisladores de la República de la Cámara de Diputados se llevo a cabo el Foro: "El Debate Constitucional sobre la reforma de Pemex: Conclusiones y Propuestas".

Por la importancia fundamental que el tema constitucional tiene en la discusión nacional, generada a partir de las iniciativas de ley para una reforma de PEMEX presentadas por el Ejecutivo Federal, reproducimos los aspectos relevantes de las conclusiones y propuestas presentadas en torno al contenido inconstitucional, privatizador y entreguista de las Iniciativas de Ley de Felipe Calderón.

CONCLUSIONES

a) Los argumentos vertidos en el Foro Senatorial a fin de apuntalar la constitucionalidad de las iniciativas privatizadoras carecen de validez jurídica, además de que no tienen arraigo ni precedente alguno dentro de la doctrina nacional y están totalmente divorciados de la historia de las luchas del Pueblo Mexicano cristalizadas en los cuatro principios rectores de los derechos de la Nación sobre los hidrocarburos.

b) Las iniciativas en cuestión no pueden, ni deben, ser aprobadas por el Poder Legislativo Federal.

c) Serían inconstitucionales las reformas legislativas que llegaran a aprobarse por su contradicción, principalmente, con los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

d) El poder revisor de la Constitución previsto en el artículo 135 de la Constitución es un poder subordinado a la Constitución y al constituyente originario. Se trata de un órgano constituido y limitado por decisiones políticas fundamentales cuyos actos deben estar sujetos al control de constitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

e) El fraude a la Constitución o golpe de Estado constitucional se produciría al utilizar la formalidad constitucional y legal para trastocar la legitimidad constitucional representada en los principios constitucionales que establecen los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, que son decisiones políticas fundamentales del pueblo de México.

f) En su defecto, es preciso promover y dar curso legislativo a una verdadera reforma energética:

1. Que esté a la altura de las luchas históricas del Pueblo de México.
2. Que sea rigurosamente apegada a los mandatos constitucionales.
3. Que tenga un carácter acendradamente nacionalista.
4. Que esté imbuida de una visión de Estado.
5. Que no esté alimentada de un espíritu privatizador.
6. Que se oriente hacia el genuino fortalecimiento de la industria petrolera nacionalizada y de las cadenas productivas nacionales que giran a su alrededor.
7. Que le permita a Pemex desarrollar el potencial que le ha llevado a ser la segunda empresa a nivel mundial en materia de captación de ingresos brutos.
8. Que preserve la propiedad, el control y el usufructo de la renta petrolera a favor de los mexicanos.
9. Que auspicie la construcción del andamiaje que se requiere para que las mayorías populares puedan ejercer el derecho humano al desarrollo, el derecho humano al futuro.
10. Que sea fruto de una consulta popular cuyos resultados sean atendidos por el Congreso de la Unión.

La pretensión de Calderón de abrir áreas estratégicas, reservadas en exclusividad a la Nación a la participación del capital privado, específicamente extranjero, atendiendo a la ejecución del mandato constitucional; siendo un desatino mayúsculo suponer siquiera que "las disposiciones constitucionales vigentes en materia de petróleo admiten diversas variantes en la reglamentación secundaria, que derivan del margen de interpretación que corresponde al legislador", confundiendo lamentablemente la interpretación auténtica (propia de legislador) con la interpretación constitucional (propia del órgano de control de la Carta Magna).

El artículo 71 de la Constitución concede al Presidente de la República" el derecho de iniciar leyes o decretos". Al respecto una cosa es tener un derecho y otra ejercerlo. Al ejercerlo el Presidente ha llevado a cabo, un acto de autoridad, el que como todo acto de autoridad o de particular se puede realizar en una de dos vertientes: ser conforme a la Constitución y a la ley o no serlo, violando una, otra, o ambas. Y el Ejecutivo Federal ha violado el artículo 27 constitucional en su párrafo sexto.

El artículo 87 de la Constitución obliga al Presidente a prestar la protesta de "guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen", manifestando inmediatamente: "y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande".

¿Cómo demandárselo?

El Título Cuarto de la Constitución, denominado De las Responsabilidades de los Servidores Públicos y Patrimonial del Estado, es un maremágnum lleno de contradicciones. El Presidente sin duda es un servidor público y un representante de elección popular (artículo 108), pero protegido por una inmunidad e impunidad odiosas ya que "durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común" (artículo 108 en su párrafo segundo). La contradicción, que no excepción, reviste suma gravedad habida cuenta de que otros servidores públicos e incluso representantes de elección popular, de menor jerarquía jurídica y política que el Presidente, "serán responsables por violaciones a la Constitución y a las leyes federales (artículo 108 en su párrafo tercero y artículo 110).

En otras palabras, se les impondrán mediante juicio político las sanciones procedentes "cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho (artículo 109 en su fracción I).

Acoto que desde mi punto de vista tales actos u omisiones pueden ser equivalentes a violaciones a la Constitución y a las leyes federales, a lo cual se refiere el artículo 108 en su párrafo tercero.

¿Qué hacer?

La Constitución es un órgano jurídico vivo, dinámico, sujeto siempre al desentrañamiento de su ratio legis, de su espíritu. La Constitución se puede y debe interpretar con base en la hermenéutica jurídica. Son varias las interpretaciones que se utilizan en la ciencia constitucional: la gramatical, la auténtica, la declarativa o estricta, la restrictiva, la extensiva, la histórica, la lógica, la sistemática, la progresiva, la teleológica o finalista, entre otras. Y es precisamente ésta última la que ofrece una perspectiva mayor partiendo de la pregunta "¿cuál es el telos o fin de la Constitución? Entonces preguntémonos: ¿habrá querido el constituyente (el juicio político se introdujo en el cuerpo constitucional en 1982) que el Presidente de la República goce de inmunidad e impunidad en los casos de la especie? Si la respuesta es afirmativa geopolítica mundial del petróleo, sería devastadora en términos de soberanía y seguridad nacional.

Los problemas que enfrenta PEMEX son el resultado del saqueo criminal al que ha sido sometido durante décadas de neoliberalismo en México. La solución a la problemática de PEMEX no requiere de la privatización del petróleo y de PEMEX. Pueden y deben ser resueltas respetando el marco constitucional vigente.

Fundamentalmente se requiere un Plan Nacional de Energía. La propuesta del gobierno federal debe rechazarse por inconsistente. No es una reforma energética ya que no incluye la petroquímica, ni el gas y tampoco a la electricidad. Las iniciativas de Calderón responden a los compromisos y acuerdos suscritos con el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, particularmente a los compromisos contraídos desde el sexenio de Fox en la llamada Alianza para la Seguridad y Prosperidad de América del Norte. Es decir, para garantizar la seguridad y prosperidad de nuestros vecinos del norte, que conciben a México y a nuestro petróleo como un elemento clave de su seguridad energética y como un apetecible botín de las grandes trasnacionales del petróleo.


PROPUESTAS

Los trabajos de este Foro se orientaron a desarrollar una serie de propuestas que, desde el ángulo de la defensa constitucional, permitan a los Legisladores del Congreso de la Unión y a millones de ciudadanos mexicanos, contar con instrumentos jurídicos necesarios para evitar el quebrantamiento de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


JUICIO POLITICO

El artículo 27 de la Constitución prescribe en su párrafo sexto que: "Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva". A su vez el artículo 6º de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional que propone el Presidente dice a la letra en lo conducente: "Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios podrán celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere, manteniendo en todo momento el control sobre las actividades en la exploración y desarrollo de los recursos petroleros".

El citado mandato constitucional prohibitivo es categórico, no admite excepciones ni interpretaciones. Se refiere a concesiones y contratos in extenso, o sea, no es alegable que sí se pueden otorgar contratos de obras y de prestación de servicios. En lo tocante a que no subsistirán los que se hubiesen otorgado cabe señalar que el artículo 6º de la vigente Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (Diario Oficial, noviembre 29 de 1958), ordena en lo conducente que: "Petróleos Mexicanos podrá celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere".

Ley, la anterior, anticonstitucional y que ha favorecido la subsistencia de concesiones y contratos que expresamente prohíbe el artículo 27 de la Constitución. El texto que rige determina que "la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos" y el que propone el Presidente emplea la palabra exploración. Pero al margen de las disquisiciones gramaticales acerca de una palabra y otra lo claro y evidente es que están prohibidos por la Carta Magna concesiones y contratos. Y eso de "los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva" obliga a ésta a reglamentar, o sea, a determinar las reglas para dejémoslo allí, concediéndole al "depositario del ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión" (artículo 80) un privilegio antidemocrático y superado ya en la historia junto con el absolutismo.

Si la respuesta es negativa no hay más camino que recurrir a la interpretación teleológica o finalista, sin exclusión de las otras, y concluir que un Presidente de la República que viola la Constitución o las leyes federales, o que incurre en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho, debe ser sujeto de juicio político para todos los efectos del Título Cuarto constitucional. En el caso de legisladores, los que voten a favor, incurrirían en la hipótesis de procedencia política establecido en el capítulo IV, y reglamentada en la Ley Federal de Responsabilidades de Funcionarios Públicos, "cuando éstos lleven a cabo actos u omisiones que afectan los intereses públicos fundamentales o su buen despacho" o cuando se efectúen violaciones graves a la norma constitucional y este sería el caso.


AMPAROS Y ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD Si se llegare a aprobar esta aberrante reforma, los millones de ciudadanos que estamos en contra de tal pretensión interpondremos sendos juicios de amparo indirecto ante el Poder Judicial de la Federación, vía los correspondientes Juzgados de Distrito en Materia Administrativa. Nuestra legitimación procesal activa, nuestro interés jurídico para activar dicho medio de defensa jurisdiccional de la Norma Constitucional, se haría consistir en el hecho de que con la privatización en cita se vulneraría de manera flagrante, directa e inmediata nuestra esfera de intereses jurídicamente tutelados, los cuales emanan de los derechos constitucionales que nos asisten en nuestra condición de integrantes de la Nación en materia del dominio directo, inalienable e imprescriptible sobre el petróleo y los demás carburos de hidrógeno, y de la explotación directa, absoluta, exclusiva y excluyente de dichos recursos estratégicos, en forma de una industria petrolera nacionalizada de carácter integral a cargo de organismos públicos sujetos a la propiedad y el control del Gobierno Federal, mismos en los que no puede tener intervención alguna el sector privado.

En su oportunidad procesal, en grado de revisión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá que asumir la responsabilidad jurídica, histórica y política de revertir ese magno atropello a una de las decisiones políticas fundamentales consagradas en el Pacto Constitucional de los Mexicanos. Los principales Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos (como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana sobre los Derechos Humanos) reconocen que toda persona tiene derecho a participar en los asuntos públicos de su país, a través de sus representantes y directamente. De igual manera, la Carta Democrática Interamericana, suscrita por México, reconoce que la participación ciudadana en los asuntos trascendentales de un país, es un derecho de toda persona y es un elemento indispensable para considerar democrático a un Estado. Otra vía, sobre la que no hay duda en su procedencia, es la acción de inconstitucionalidad que pueden promover los legisladores del Frente Amplio Progresista en contra de la aprobación de las leyes.

Los legisladores del Frente en la Cámara de Diputados o en el Senado con el apoyo de legisladores de otras fuerzas políticas podrían tener el 33% necesario para interponer la acción prevista en la fracción II del artículo 105 de la Constitución. En este caso, el reto al que se enfrentarían los legisladores radica en el conservadurismo de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a los vínculos que tienen muchos de ellos con el PAN y con el PRI.

México, D. F., a 14 de agosto de 2008

Responsables de la publicación: Diputado Federal José Antonio Almazán González, Grupo Parlamentario del PRD.

Pemex NO se vende, SE DEFIENDE hasta con los dientes.

VIDEOS: Bernado Bátiz, en los círculos de estudio de la brigada 21, partes 1 y 2 de 4





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La disque marcha contra la inseguridad...

TURBIOS INTERESES POLÍTICOS DETRAS DE LA MARCHA CONTRA LA INSEGURIDAD.

Este miércoles 13 de agosto, en el programa de TV de Denise Merker, se presentaron los dos principales organizadores de la marcha del 30 de agosto, contra la inseguridad: Elías Kuri y Laura Elena Herrejón de la organización Pro- Vecino AC.

Laura Elena Herrejón fue candidata a Senadora en 2006, por el partido PANAL de Elba Esther Gordillo. En las elecciones de 1997 y al parecer en 2000, es candidata a Diputada Federal por el PRI, en el distrito que entonces correspondía a las colonias Nápoles y Ampliación Nápoles. No sólo tiene cercanía con el grupo "expriista" de la Sra. Gordillo: ha tenido una larga trayectoria dentro el PRI, desde 1991, año en que participó, como jefa de manzana, en apoyo de Sebastian Lerdo de Tejada, político de gran estirpe priista hoy en día representante de ese partido en el IFE, para lograr la elección de este último, como presidente de la Asociación de Residentes de la colonia Ampliación Nápoles y pocas semanas después, como presidente de todas las asociaciones de residentes de la Delegación Benito Juárez. En 1993 fue denunciada por el suscrito y por Alejandro Ordorica, jefes de manzana, por sus reuniones con los empresarios de esta colonia, para conseguir fondos "para la seguridad" a espaldas de los jefes de manzana.

Cuando Lerdo de Tejada deja estas posiciones en 1994, para convertirse en Diputado Federal por el PRI, impone a la señora Herrejón, como su reemplazo en la presidencia de la colonia Ampliación Nápoles y en el control de la maquinaria priista en las colonias Nápoles, Ampliación Napoles, Ciudad de Los Deportes, Nochebuena y otras. En 1995, Lerdo de Tejada la apoya con su maquinaria priista en su campaña para convertirse en Consejera Ciudadana de la Delegación Benito Juárez . Funda hacia 1996, al parecer con el apoyo de la SEDESOL, la organización Pro Vecino AC, después de conocer los éxitos de la Unión Vecinal Independiente, UVI, , fundada también desde la colonia Nápoles por el suscrito en 1994, organización que logró la cancelación del proyecto Tren Elevado, con el apoyo de más de cincuenta colonias de la Ciudad de México. Desde su posición de Consejera Ciudadana, impone en 1996 aberrantes cambios en el uso del suelo de las colonias Nápoles, Ampliación Nápoles, en el Programa Delegacional de Benito Juárez, sin tomar en cuenta a los vecinos y a los demás consejeros ciudadanos de la demarcación, lo que genera un gran rechazo vecinal en estas colonias: más de 800 firmas se consiguieron en dos días, para oponerse a estos cambios que al no poder ser modificados por la Asamblea Legislativa del DF, generan como respuesta conciliatoria de esta entidad , la autorización en 1996 del Programa Parcial de estas colonias, el que se aprueba definitivamente hasta el 2002, con la persistente oposición de la señora Herrejón.

La incultura y autoritarismo de esta antigua priista, causó mucho daño a las colonias que representó: sus acciones políticas han estado invariablemente marcadas por el oportunismo y los intereses privados. Por ello, estimo, es leal amiga de Elba Esther Gordillo.

NO DEBE PERMITIRSE QUE UN TEMA TAN DELICADO, COMO EL DE LA INSEGURIDAD, SEA UTILIZADO PARA BENEFICIAR A TURBIOS INTERESES POLÍTICOS PARTIDISTAS.

Miguel Valencia


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Y yo sugiero organizar nuestra propia marcha/manifestación virtual enviando mensajes a toda la red EXIGIENDO cárcel para la banda de las manos limpias que despacha desde Los Pinos y Bucareli, ahí pueden encontrar a los principales cabecillas de esa banda de delincuentes.


"Fuera la delincuencia de Los Pinos"

"Pll & Co., delincuentes internacionales"

"No habrá seguridad mientras delincuentes tengan secuestradas las instituciones"



Cordiales saludos,
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No olviden visitarnos en:
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Pemex NO se vende, SE DEFIENDE hasta con los dientes.

Y SIN EMBARGO SE MUEVE - EPISODIO 77 - AGOSTO 10 DE 2008



Contenido del programa:

Promoción de la tercera fase de la consulta petrolera en los estados del norte y en Sonora.

Entrevista con César Gallegos, integrante del Comité Ejecutivo del Consejo Ciudadano de la consulta ciudadana en Sonora, en relación con los preparativos de esta festividad ciudadana a celebrarse el 24 de agosto próximo.

Enlace telefónico con el economista y editorialista Isdidro Leyva, sobre la propuesta de reforma petrolera presentada por el senador Manlio Fabio Beltrones, del grupo parlamentario del PRI.

Enlace telefónico con Jorge Carrasco, reportero de la revista Proceso, acerca del amparo interpuesto por esta publicación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para evitar la destrucción de las boletas electorales de la elección presidencial de 2006.

Cobertura de la segunda fase de la consulta petrolera en los estados del sur:

Héctor Bonilla, integrante del grupo La Farándula, desde Querétaro.

Verónica Villalbazo, corresponsal de RadioBemba, desde el estado de Oaxaca.

Rosa Marta Rivera, desde Yucatán.

Audios de la presentación en Hermosillo del libro "2006: Hablan las Actas" del académico José Antonio Crespo.

Conducen: César Lucero y Judith Armenta.

Podcast en linea 1





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(1hr, 53 mins / 29mb / 32kbps / MP3)

Bernardo Bátiz: Se va a demandar a Calderón por Traición a la Patria

14 de Agosto de 2008. En el Círculo de Estudios Central de las Redes Universitarias, estuvo como invitado el Mtro. Bernardo Bátiz, Secretario de Seguridad y Gobierno, del Gobierno Legítimo de México. En esta ocasión el Mtro. Bátiz impartió una charla sobre la historia del petróleo en México, desde que era utilizado de manera rudimentaria por las comunidades indígenas, pasando por la explotación durante el Porfiriato por compañías, norteamericanas, inglesas y holandesas, la expropiación petrolera de 1938, y la situación actual en que un gobierno ilegítimo emanado de la ultraderecha, busca volver a entregar el petróleo mexicano a particulares, pero que para fortuna de nuestro país, se encuentra con la ferrea oposición del Movimiento Nacional en Defensa del Petróleo que encabeza el Presidente Legítimo de México, Lic. Andrés Manuel López obrador.

Por último, antes de retirarse el Mtro. Bátiz comentó que el Dr. Jaime Cárdenas y un grupo de ciudadanos está armando una demanda por traición a la patria contra el Usurpador Calderón.

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Crónica y Fotos: Jesús Palma

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Manuel Otero (0445538970441)

Karina (0445513987078)

Juan José (044.55.32.59.07.14)

Resistencia Americana: NICARAGUA

Del foro del Sendero:

Uno de los mejores retratos de Fox, que debería ocupar la pared de honor del rancho San Cristobal:





Saludos

Samara