Existen las Bases Para una Huelga Nacional


Publicado en La Jornada , resumen y conclusiones por Millán

En la fracción VI del texto original del artículo 123 constitucional se definía al salario mínimo estableciendo que debería ser "suficiente, atendiendo las condiciones de cada región, para satisfacer las necesidades normales de la vida del obrero, su educación y sus placeres honestos, considerándolo como jefe de familia". Con el tiempo se ha introducido el concepto de “variable” según tres "zonas geográficas" que básicamente serían el Norte, Centro y Sur de la República.

En el texto constitucional vigente se dice que "los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria de los hijos". Ese concepto se repite, en la Ley Federal del Trabajo (LFT), pero destaca lo previsto en el artículo 562, que se refiere a las funciones del director técnico de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos y que, entre otras, para determinar la propuesta de los aumentos debe considerar (II-a): "El presupuesto indispensable para la satisfacción de las siguientes necesidades de cada familia, entre otras: las de orden material, tales como la habitación, menaje de casa, alimentación, vestido y transporte; las de carácter social y cultural, tales como la concurrencia a espectáculos, práctica de deportes, asistencia a escuelas de capacitación, bibliotecas y otros centros de cultura; y las relacionadas con la educación de los hijos".

La comisión Nacional de Salarios Mínimos se constituye de manera tripartita, se conforma con representantes del gobierno, del sector empresarial y del sector obrero, curiosamente siempre el sector de los trabajadores, por lo general representado por sindicatos corporativos, es “ mayoriteado” (que casualidad) por las otras dos partes, que en suma son las que determinan el monto del incremento.

Existe un proyecto de Ley Federal del Trabajo que presentaron la UNT y el PRD en el que se planteaba la propuesta de que los representantes del gobierno fuesen elegidos cada tres años por la Cámara de Diputados, lo que en determinadas condiciones podría impedir la conjura entre las Secretaría de Hacienda, la Secretaria del Trabajo y los Empresarios, también dificultaría la complicidad de las Corporaciones Sindicales Charras. Pero esa propuesta, como tantas otras, fue enviada al archivo muerto al ser rechazada por las fracciones de los demás partidos.

No es necesario ser economista para saber que el salario mínimo se determina en función del gasto familiar y no del individual del trabajador y llegar a la conclusión de que una familia normalmente integrada por cuatro miembros (y el mexicano promedio suele ser mas prolífico que eso) difícilmente podría subsistir ni siquiera con tres salarios mínimos, mucho menos con uno solo, sin contar que en muchas ocasiones son mas de una las familias dependientes de un solo trabajador (por ejemplo suele mantenerse también a la hija embarazada que abandonó el novio o al sobrino que vino de visita y se quedó a vivir, etc.).

Por todo lo anterior se puede concluir sin temor a equivocarse que están dadas las condiciones legales para exigir (y no es broma) un 300% de incremento al salario mínimo o convocar a una huelga nacional de todos los trabajadores del país ya que ni remotamente se cumple lo establecido por nuestra carta magna en el articulo 123 fracción VI, ni lo indicado en la LFT , artículo 562, y no existen señales de que el congreso esté haciendo su trabajo al respecto para remediar tan aberrante e injusta situación.

http://www.machetearte.com/machetes2/1149/doc5.htm

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