Zósimo Camacho
La derecha se lleva el carro completo. El presidente saliente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Mariano Azuela Güitrón, deja en el cargo a quien siempre fue su candidato: el veracruzano Guillermo Ortiz Mayagoitia, el mismo ministro que, como ningún otro, garantiza la continuidad de los criterios que prevalecieron en la Corte durante los últimos tres años y que han sido identificados como cercanos al panismo y sumisos ante el Poder Ejecutivo.
El licenciado en Derecho, de 66 años de edad y 12 como ministro de la SCJN, se ha manifestado a favor de la defensa de la vida “desde la concepción” y de la cadena perpetua en México y el extranjero, y en contra de la despenalización del aborto en todos los casos, y de que el alto tribunal del país realice investigaciones de violaciones graves a las garantías individuales (inicialmente se opuso a que la Corte ejerciera su facultad para investigar el presunto acuerdo entre el gobernador de Puebla, Mario Marín, y el sospechoso de pederastia Kamel Nacif para vejar a la periodista Lydia Cacho).
Además, en 2005 impidió que la Auditoría Superior de la Federación saneara y sancionara las presuntas irregularidades del rescate bancario detectadas en el Fobaproa-IPAB.
Pero lo que más escandalizó a juristas, constitucionalistas e investigadores de la conducta del nuevo presidente del Alto Tribunal y del Consejo de la Judicatura, fue la violación a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la sorprendente cita a una ley inexistente con tal de que Vicente Fox se anotara en 2005 uno de los “triunfos” jurídicos más importantes de su administración.
A tono con el discurso del Poder Ejecutivo desde el sexenio anterior, el grupo de los togados “conservadores” -en el que se identifican, además de Azuela y Ortiz Mayagoitia, a Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo- se dice respetuoso “irrestricto” y literal de la ley, además de defensor a ultranza del “Estado de Derecho”.
Sin embargo, cuando a finales de 2004 el presidente Fox presentó una controversia constitucional contra la Cámara de Diputados, la Suprema Corte de Justicia -y particularmente el propio Ortiz Mayagoitia, quien fungió como ministro instructor del caso- sostuvo que un “acuerdo” del pleno de ministros podía suplantar a una ley; además, en su alegato citó al inexistente “Código de Instituciones y Procedimientos Federales”. Todo para hacer prevalecer el Presupuesto de Egresos 2005 que Vicente Fox deseaba imponer, y rechazar los cambios que la Cámara de Diputados le había realizado.
“Eso fue más que un error garrafal. La Corte se inclinó ante el Poder Ejecutivo e hizo lo que el presidente de la República quería. Fue terrible. Y estos deslices son atribuibles a Ortiz Mayagoitia porque precisamente él fue ministro instructor del caso, quien avaló la recepción de la controversia de Vicente Fox y para ello se apoyó en un código inexistente”, señala el doctor en Derecho Constitucional y profesor emérito de la UNAM Raúl Carrancá y Rivas.
A favor del presidente
A finales de 2004 el Poder Ejecutivo se enfrentó a la Cámara de Diputados cuando ésta decidió modificar el proyecto de Presupuesto de Egresos para 2005. La reacción del presidente de la República no sólo fue condenar en cadena nacional el trabajo legislativo sino también promover una controversia constitucional ante la SCJN. El 23 de diciembre de ese año, un día después de que el Ejecutivo iniciara el trámite y cuando los ministros se encontraban de vacaciones, la controversia fue aceptada inusualmente por la “Comisión de Receso”, que integraban Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo.
Con ello, de inmediato se ordenó suspender, como deseaba el presidente, la ejecución de 50 partidas por un monto de 4 mil 195 millones de pesos. El problema fue que, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los ministros de la “Comisión de Receso” no estaban facultados para dar entrada a la controversia.
“Estaban de guardia unos señores que no tenían porqué recibir la controversia del presidente de la República porque la ley dice que el presidente de la Corte debe designar a uno o varios ministros específicamente para ello”, advierte Carrancá y Rivas, quien en ese entonces, junto con el abogado Burgoa Orihuela, era asesor de quien fungía como presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Manlio Fabio Beltrones.
En efecto, el párrafo XVIII del artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala como una de las atribuciones del presidente de la Corte “nombrar al ministro o ministros que deban proveer los trámites de asuntos administrativos de carácter urgente durante los periodos de receso de la Suprema Corte de Justicia”.
“Como nosotros sosteníamos -explica Carrancá- que la controversia del presidente de la República debía desecharse por notoriamente improcedente, Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien fue designado ministro instructor del caso, emite un acuerdo en el que dice que por resolución del pleno los ministros que estaban ahí de guardia sí tenían facultad de recibir la controversia.”
El “Acuerdo General 12/2004 del pleno de la SCJN” -supuestamente celebrado en “sesión privada” el 29 de noviembre de 2004 y aprobado por unanimidad- señala que los “comisionados para los recesos de los periodos de sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de proveer los trámites urgentes en asuntos administrativos y en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, también deberán de proveer los trámites urgentes en los asuntos jurisdiccionales a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”.
Con el objetivo de fundamentar la validez del “Acuerdo”, el considerando tercero del documento cita el artículo 134 del “Código Federal de Instituciones y Procedimientos Federales”. “Quién sabe qué es eso. Lo que debían citar era el Código Federal de Procedimientos Civiles. Pero estaban haciendo todo con los pies para favorecer al presidente de la República. Ortiz Mayagotia tuvo que salir a decir: ‘estamos muy apenados, nos equivocamos; pero todo se puede corregir con una Fe de Erratas’. Oiga, si no estamos en el kínder”, dice Carrancá y Rivas.
Ortiz Mayagoitia, además, como ministro instructor del caso, avaló el “Acuerdo” sobre la Ley Orgánica y desechó por “notoriamente improcedentes” los incidentes de nulidad presentados por diputados, según el comunicado 002/2005 de la SCJN.
Sin embargo, el doctor Francisco Venegas Trejo, ex director del Seminario de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la UNAM, justifica el papel que entonces desempeñó la Corte y el ministro Ortiz Mayagoitia.
Considera que aceptar la controversia del presidente de la República era lo mejor que podía haber hecho la SCJN, pues “de no haberse admitido se habría armado más lío porque la Constitución no ofrece ninguna solución cuando no hay acuerdo entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo en este asunto del Presupuesto de Egresos”.
Jetatura de los conservadores
Sobre el perfil de quien desde hace dos semanas encabeza la SCJN, Carrancá dice que “tanto como el saliente (Mariano Azuela), el nuevo presidente de la Corte es indudablemente de derecha. No es un requisito para ser ministro tener una ideología de izquierda, centro o derecha; pero estos señores han mantenido criterios que no van muy de acuerdo con la composición jurídica, política y liberal que consagra la Constitución en México.
“Lo deseable es que la conducta de Ortiz Mayagoitia, como presidente de la Corte, se inscriba dentro del servicio al derecho y a la justicia sin concesiones a su ideología.”
Para el constitucionalista Miguel Covián Andrade, magistrado del Tribunal Electoral del Distrito Federal, “lo que se tiene que retomar es una Suprema Corte como tribunal encargado de cuestiones legales y constitucionales al margen, hasta donde sea posible, de cuestiones políticas. Se tiene que sacar a la SCJN del terreno político para que la ciudadanía ya no la ubique ahí, como últimamente”.
Otra de las prioridades de Ortiz Mayagoitia, a decir de Vengas Trejo, debe ser revertir el desprestigio que los ministros tienen ante la opinión pública. “No es que tengamos una Corte de mala calidad, sino que la percepción de la ciudadanía sobre el trabajo realizado es que hay irregularidades en todo a lo que justicia se refiera. Ahí se debe trabajar”.
Raúl Carrancá y Rivas no quita el dedo del renglón: “Como jurista tengo el temor de que Ortiz Mayagoitia vuelva a incurrir en sumisión ante el Poder Ejecutivo. Hago votos porque el perfil de plegarse y no actuar equitativamente, imparcialmente, se cambie por el de independencia y autonomía. Algunos que adquieren una alta responsabilidad sí cambian”.
La derecha se lleva el carro completo. El presidente saliente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Mariano Azuela Güitrón, deja en el cargo a quien siempre fue su candidato: el veracruzano Guillermo Ortiz Mayagoitia, el mismo ministro que, como ningún otro, garantiza la continuidad de los criterios que prevalecieron en la Corte durante los últimos tres años y que han sido identificados como cercanos al panismo y sumisos ante el Poder Ejecutivo.
El licenciado en Derecho, de 66 años de edad y 12 como ministro de la SCJN, se ha manifestado a favor de la defensa de la vida “desde la concepción” y de la cadena perpetua en México y el extranjero, y en contra de la despenalización del aborto en todos los casos, y de que el alto tribunal del país realice investigaciones de violaciones graves a las garantías individuales (inicialmente se opuso a que la Corte ejerciera su facultad para investigar el presunto acuerdo entre el gobernador de Puebla, Mario Marín, y el sospechoso de pederastia Kamel Nacif para vejar a la periodista Lydia Cacho).
Además, en 2005 impidió que la Auditoría Superior de la Federación saneara y sancionara las presuntas irregularidades del rescate bancario detectadas en el Fobaproa-IPAB.
Pero lo que más escandalizó a juristas, constitucionalistas e investigadores de la conducta del nuevo presidente del Alto Tribunal y del Consejo de la Judicatura, fue la violación a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la sorprendente cita a una ley inexistente con tal de que Vicente Fox se anotara en 2005 uno de los “triunfos” jurídicos más importantes de su administración.
A tono con el discurso del Poder Ejecutivo desde el sexenio anterior, el grupo de los togados “conservadores” -en el que se identifican, además de Azuela y Ortiz Mayagoitia, a Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo- se dice respetuoso “irrestricto” y literal de la ley, además de defensor a ultranza del “Estado de Derecho”.
Sin embargo, cuando a finales de 2004 el presidente Fox presentó una controversia constitucional contra la Cámara de Diputados, la Suprema Corte de Justicia -y particularmente el propio Ortiz Mayagoitia, quien fungió como ministro instructor del caso- sostuvo que un “acuerdo” del pleno de ministros podía suplantar a una ley; además, en su alegato citó al inexistente “Código de Instituciones y Procedimientos Federales”. Todo para hacer prevalecer el Presupuesto de Egresos 2005 que Vicente Fox deseaba imponer, y rechazar los cambios que la Cámara de Diputados le había realizado.
“Eso fue más que un error garrafal. La Corte se inclinó ante el Poder Ejecutivo e hizo lo que el presidente de la República quería. Fue terrible. Y estos deslices son atribuibles a Ortiz Mayagoitia porque precisamente él fue ministro instructor del caso, quien avaló la recepción de la controversia de Vicente Fox y para ello se apoyó en un código inexistente”, señala el doctor en Derecho Constitucional y profesor emérito de la UNAM Raúl Carrancá y Rivas.
A favor del presidente
A finales de 2004 el Poder Ejecutivo se enfrentó a la Cámara de Diputados cuando ésta decidió modificar el proyecto de Presupuesto de Egresos para 2005. La reacción del presidente de la República no sólo fue condenar en cadena nacional el trabajo legislativo sino también promover una controversia constitucional ante la SCJN. El 23 de diciembre de ese año, un día después de que el Ejecutivo iniciara el trámite y cuando los ministros se encontraban de vacaciones, la controversia fue aceptada inusualmente por la “Comisión de Receso”, que integraban Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo.
Con ello, de inmediato se ordenó suspender, como deseaba el presidente, la ejecución de 50 partidas por un monto de 4 mil 195 millones de pesos. El problema fue que, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los ministros de la “Comisión de Receso” no estaban facultados para dar entrada a la controversia.
“Estaban de guardia unos señores que no tenían porqué recibir la controversia del presidente de la República porque la ley dice que el presidente de la Corte debe designar a uno o varios ministros específicamente para ello”, advierte Carrancá y Rivas, quien en ese entonces, junto con el abogado Burgoa Orihuela, era asesor de quien fungía como presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Manlio Fabio Beltrones.
En efecto, el párrafo XVIII del artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala como una de las atribuciones del presidente de la Corte “nombrar al ministro o ministros que deban proveer los trámites de asuntos administrativos de carácter urgente durante los periodos de receso de la Suprema Corte de Justicia”.
“Como nosotros sosteníamos -explica Carrancá- que la controversia del presidente de la República debía desecharse por notoriamente improcedente, Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien fue designado ministro instructor del caso, emite un acuerdo en el que dice que por resolución del pleno los ministros que estaban ahí de guardia sí tenían facultad de recibir la controversia.”
El “Acuerdo General 12/2004 del pleno de la SCJN” -supuestamente celebrado en “sesión privada” el 29 de noviembre de 2004 y aprobado por unanimidad- señala que los “comisionados para los recesos de los periodos de sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de proveer los trámites urgentes en asuntos administrativos y en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, también deberán de proveer los trámites urgentes en los asuntos jurisdiccionales a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”.
Con el objetivo de fundamentar la validez del “Acuerdo”, el considerando tercero del documento cita el artículo 134 del “Código Federal de Instituciones y Procedimientos Federales”. “Quién sabe qué es eso. Lo que debían citar era el Código Federal de Procedimientos Civiles. Pero estaban haciendo todo con los pies para favorecer al presidente de la República. Ortiz Mayagotia tuvo que salir a decir: ‘estamos muy apenados, nos equivocamos; pero todo se puede corregir con una Fe de Erratas’. Oiga, si no estamos en el kínder”, dice Carrancá y Rivas.
Ortiz Mayagoitia, además, como ministro instructor del caso, avaló el “Acuerdo” sobre la Ley Orgánica y desechó por “notoriamente improcedentes” los incidentes de nulidad presentados por diputados, según el comunicado 002/2005 de la SCJN.
Sin embargo, el doctor Francisco Venegas Trejo, ex director del Seminario de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la UNAM, justifica el papel que entonces desempeñó la Corte y el ministro Ortiz Mayagoitia.
Considera que aceptar la controversia del presidente de la República era lo mejor que podía haber hecho la SCJN, pues “de no haberse admitido se habría armado más lío porque la Constitución no ofrece ninguna solución cuando no hay acuerdo entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo en este asunto del Presupuesto de Egresos”.
Jetatura de los conservadores
Sobre el perfil de quien desde hace dos semanas encabeza la SCJN, Carrancá dice que “tanto como el saliente (Mariano Azuela), el nuevo presidente de la Corte es indudablemente de derecha. No es un requisito para ser ministro tener una ideología de izquierda, centro o derecha; pero estos señores han mantenido criterios que no van muy de acuerdo con la composición jurídica, política y liberal que consagra la Constitución en México.
“Lo deseable es que la conducta de Ortiz Mayagoitia, como presidente de la Corte, se inscriba dentro del servicio al derecho y a la justicia sin concesiones a su ideología.”
Para el constitucionalista Miguel Covián Andrade, magistrado del Tribunal Electoral del Distrito Federal, “lo que se tiene que retomar es una Suprema Corte como tribunal encargado de cuestiones legales y constitucionales al margen, hasta donde sea posible, de cuestiones políticas. Se tiene que sacar a la SCJN del terreno político para que la ciudadanía ya no la ubique ahí, como últimamente”.
Otra de las prioridades de Ortiz Mayagoitia, a decir de Vengas Trejo, debe ser revertir el desprestigio que los ministros tienen ante la opinión pública. “No es que tengamos una Corte de mala calidad, sino que la percepción de la ciudadanía sobre el trabajo realizado es que hay irregularidades en todo a lo que justicia se refiera. Ahí se debe trabajar”.
Raúl Carrancá y Rivas no quita el dedo del renglón: “Como jurista tengo el temor de que Ortiz Mayagoitia vuelva a incurrir en sumisión ante el Poder Ejecutivo. Hago votos porque el perfil de plegarse y no actuar equitativamente, imparcialmente, se cambie por el de independencia y autonomía. Algunos que adquieren una alta responsabilidad sí cambian”.
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